La Cámara de Diputados aprobó este martes en dos lecturas consecutivas con modificaciones el proyecto de Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, la cual pasará de nuevo al Senado. Asimismo, convirtió en ley el proyecto que crea el Ministerio de Energía y Minas, que se encargará de las políticas en ese importante renglón de la economía nacional.
Ley Orgánica
Luego de prolongados debates, el presidente del organismo legislativo, Abel Martínez Durán, solicitó a sus colegas votar por esa ley, tras señalar que va a revolucionar de manera positiva los cuerpos castrenses.
Martínez expresó que en este aspecto “debe primar el interés nacional, el del país y el del orden”.
Dijo que hace más de un año las Fuerzas Armadas tenía que tener su ley orgánica, ya que conjuntamente con el país estaba a la espera de la misma para el desarrollo democrático de la nación.
“No estamos trabajando un ley perfecta, pero esta es una ley de país, del orden, que tiene que ver con la ley que rige las Fuerzas Armadas y es una ley que manda la Constitución”, manifestó Martínez Durán.
Expuso que en nuestro cuerpos castrenses hay cientos de generales, pero miles de cabo y rasos que necesitan de ese instrumento jurídico adecuado.
La pieza contempla que el ministro sea un militar o civil, creación de las clases de suboficial, el desmonte de un general por cada mil soldados, rigidez en los ascensos, obligatoriedad en la formación y mayor participación en el desarrollo económico y social del país así como límites de vida militar y cambio de nombres de las instituciones.
También que las Fuerzas Armadas se denominará Ministerio de Defensa; la Marina de Guerra, Armada de República Dominicana, Ejército de la República Dominicana y la Fuerza Aérea de la República Dominicana.
El cargo del Ministro será de retiro obligatorio a los dos años. Sin embargo, el Presidente de la República, mediante decreto, lo podrá confirmar por dos años más.
El rango de General solo es por diez años, a menos que al cumplirlo se encuentre ocupando una posición de mando y lo mismo sucederá para los rangos de coroneles o capitanes de navío, entre otras disposiciones.
Ministerio Energía y Minas
La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que crea el Ministerio de Energía y Minas, que se encargará de las políticas en ese importante renglón de la economía nacional.
El Presidente de la República procederá en los próximos días a su promulgación y la designación de sus autoridades.
La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que crea el Ministerio de Energía y Minas, que se encargará de las políticas en ese importante renglón de la economía nacional.
El Presidente de la República procederá en los próximos días a su promulgación y la designación de sus autoridades.
La iniciativa que sometió el Poder Ejecutivo establece que ese ministerio se encargará de formular y administrar las políticas energéticas y de minería metálicas y no metálicas.
La pieza que sometió el presidente Danilo Medida vía al Senado en febrero pasado, crea este ministerio, cartera que ejercerá la tutela administrativa y la supervisión de la Comisión Nacional de Energía, la Corporación de Empresas Eléctricas Estatales, la Superintendencia de Electricidad y el Servicio Geológico Nacional. Este nuevo estamento tendrá seis viceministros.
Evaluará, y controlará las políticas estratégicas, planes generales, programas, proyectos, servicios relativos al sector energético y subsectores de energía eléctrica, energía no renovable, nuclear, gas natural, hidrocarburos y la minería. El artículo 9 de la propuesta, de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública, ordena que los organismos descentralizados que se encuentren adscritos al Ministerio más afines a sus cometidos institucionales, quedarán adscritas al Ministerio de Energía y Minas.
Las instituciones que asumirá el Ministerio de Energía y Mina son la Comisión Nacional de Energía, la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), la Superintendencia de Electricidad, el Servicio Geológico Nacional (SGN); así como, cualquier organismo descentralizado creado o por crear con incidencia en el sector de energía y minas. Estará encargado de la formulación y administración de la Política Energética y de Minería Metálica y No Metálica Nacional.
Al citado Ministerio le corresponderá asumir todas las competencias que la ley 290, del 30 de junio de 1966, otorga al Ministerio de Industria y Comercio en materia de Minería, Energía e Hidrocarburos.
También formular, adoptar, dirigir y coordinar la política nacional en materia de exploración, explotación, transformación y beneficio de minerales, metálicos y no metálicos y velar por la protección, preservación y adecuada explotación de sustancias minerales en el suelo y subsuelo nacional y submarino.
Publicar un comentario
HablandoClaro.net se reserva el derecho a publicar los comentarios a este articulo si los mismos no observan el respeto y a la ley del mismo.
Este blog no admite comentarios anónimos.
Se ha habilitado la moderación de comentarios.
Todos los comentarios deberán ser aprobados por el autor.